Ley 2189, artículos 9 y 10
La Plataforma Escuelas Seguras, dispositivo por dispositivo
La ley la define como un conjunto de dispositivos que elabora cada instituto. En la práctica son cinco piezas, cada una con su contenido, su firma, su canal y su ritmo de actualización. Acá está cada una, según la Disposición 1/UERESGP/2022.
Antes que nada
¿Quién la arma y quién la presenta?
La Disposición 1/UERESGP/2022, publicada el 3 de enero de 2023, fija la estructura vigente. Derogó las Disposiciones 3/2011, 4/2011 y 9/2019, que hablaban de siete anexos, y ratificó la validez de los anexos que las Escuelas ya tenían acordados.
La elabora
El profesional que asesora a la Escuela
Con incumbencia en Arquitectura, Construcciones o Higiene y Seguridad, y con su encomienda profesional certificada en el Colegio. La firma técnica no es optativa: la pide la norma.
La presenta
El representante legal
Del instituto. Las declaraciones juradas salen a su nombre, y el artículo 18 pone las responsabilidades en cabeza del instituto y de su representante legal.
Se actualiza
Cada vez que algo cambia
La Plataforma se actualiza con cada modificación significativa, y una copia de cada dispositivo queda en la Escuela para mostrarla en las Inspecciones.
Los cinco
Qué pide cada dispositivo
El artículo 10 de la Ley 2189 los enumera «como mínimo». La Dirección General de Educación de Gestión Privada publica un modelo oficial para casi todos.
| Dispositivo | Qué es | Canal | Cuándo se actualiza |
|---|---|---|---|
| Mapa de riesgo | Inventario ordenado de los riesgos de cada sector, con sus consecuencias posibles, en memoria descriptiva o documento gráfico | Correo, declaración jurada | Con cada modificación significativa |
| Ficha DEM | Diagnóstico, evaluación y medidas correctivas: estado de cada ítem, mejoras y cronograma | SINIGEP | Todos los años o cada vez que algo cambia (art. 18 c) |
| Plan Básico de Normas y Procedimientos | Las reglas para el funcionamiento normal: medidas generales y por local, servicio y actividad | Correo, declaración jurada | Revisión y actualización periódica |
| Plan de Autoprotección | El Sistema de Autoprotección aprobado por Defensa Civil más el plan de emergencias de la Escuela | Correo; el Sistema, por TAD ante Defensa Civil | Periódica y ante reformas significativas (art. 13) |
| Listado de Referentes de Seguridad | Personal de la Escuela con nombre, turno, horario y cargo, por edificio | SINIGEP | Cada vez que cambia (art. 10 e) |
El correo es escuelas.seguras@bue.edu.ar. Si la Escuela todavía no tiene usuario de SINIGEP para ese domicilio, todo va por correo.
A · Mapa de riesgo
¿Cómo se gradúa el riesgo de cada sector?
El modelo oficial pide los datos del edificio, las superficies cubierta, semicubierta y descubierta, los usos, la matrícula, los niveles y los turnos. Después, cada sector con su grado de riesgo: 0 bajo, I medio-bajo, II medio-alto o III alto.
Hay situaciones que el modelo pone en riesgo alto de entrada: el uso de combustibles o de herramientas electromecánicas, usuarios con dificultad para evacuar fuera de planta baja sin rampa, una evacuación a lugar seguro de más de 4 minutos, una carga de fuego de más de 60 kg/m² o más de 1.000 personas por un mismo medio de salida.
B · Ficha DEM
¿Qué se declara en la Ficha DEM?
DEM son las iniciales de Diagnóstico, Evaluación y Medidas correctivas. Reemplaza al viejo Anexo D, y en SINIGEP todavía se presenta como la declaración jurada de «Anexo D».
Para cada ítem se describe el estado y se declaran las mejoras. Si se declara una mejora, es obligatorio poner mes y año de finalización. En un edificio compartido, la completa la institución con más alumnos.
En 2025 se cambiaron dos ítems: los tomacorrientes de las salas de inicial y de las aulas hasta 3er grado, y el control de las especies vegetales. Cuando la ficha pide obra, lo desarrollamos en arquitecturaescolar.com.ar.
C, D y E
Las normas de todos los días, la emergencia y las personas
C · Plan Básico
Normas y procedimientos
Cómo funciona la Escuela en condiciones normales: riesgo eléctrico, caídas, aulas, gimnasio, laboratorios, patios y juegos, salida de alumnos. Incluye el servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo y las certificaciones de electricidad, gas y vidrios. Lo suscribe el representante legal.
D · Plan de Autoprotección
Dos partes
El Sistema de Autoprotección de la Ley 5920, aprobado por Defensa Civil, y el plan de emergencias propio de la Escuela: primeros auxilios, RCP, qué se hace y quién lo hace. En concurrencia masiva, un desfibrilador y al menos dos personas capacitadas en RCP.
E · Referentes
Uno por edificio y por turno
Un Referente de Seguridad presencial en cada edificio y en cada turno, con su suplente. Se declaran en SINIGEP y se actualizan cada vez que cambia alguien. Referentes y simulacros.
Lo que va aparte
¿Qué más se declara en SINIGEP?
- Declaración jurada de planos: copia en PDF de todos los planos sellados por la Ciudad, de habilitación, de obra y de incendio.
- Declaración jurada de infraestructura: superficies, alumnos en el turno de mayor asistencia e ítems del edificio. Se presenta una vez y se repite si se modifica el edificio.
- Fechas de los simulacros del año, en marzo y abril.
- Plan de Mitigación de Riesgos, cuando corresponde.
Y en la Escuela, el libro del Referente de Seguridad, con los simulacros, las incidencias y las constancias de capacitación.
Planos
Uno solo, bien hecho
El plano de obra o de incendio no se presenta dos veces. Se registra por TAD ante la DGROC, con el visado de Escuelas Seguras. Después, la Escuela sube una copia de cada plano sellado a SINIGEP. Esa copia es la que mira la Unidad Ejecutora cuando cruza la Ficha DEM con el edificio.
Plan de Mitigación
Es obligatorio mientras la Escuela no tenga plano de incendio con conforme a obra, o cuando el edificio real ya no coincide con ese plano. Fija medidas inmediatas hasta que se hace la obra: detección, matafuegos, sectorizaciones, simulacros más frecuentes o un límite de ocupación. Lo firma un profesional con competencia en Seguridad.
Ojo con lo que circula
¿Siguen corriendo los plazos de 2023?
No. El artículo 3 de la Disposición 1/UERESGP/2022 fijó plazos para la accesibilidad básica y para presentar los planos de incendio. Vencieron en 2023.
Una Escuela que todavía no tiene plano de incendio con conforme a obra tiene que sostener un Plan de Mitigación de Riesgos cargado en SINIGEP. Si una Inspección no lo encuentra, intima por diez días hábiles; después, la norma prevé la clausura.
Si el edificio no puede
El artículo 8 inciso l
Para Escuelas construidas antes de la normativa vigente, la Unidad Ejecutora puede recomendar eximir una mejora, aprobar alternativas compensatorias o admitir lo existente, siempre que no se afecten la seguridad, la higiene ni el funcionamiento. El pedido va con un Informe técnico fundado, firmado por un profesional matriculado.
Cómo se arma ese Informe lo explicamos en arquitecturaescolar.com.ar.
¿Qué tiene presentado tu Escuela?
Decinos cuáles de los cinco dispositivos están y de qué año. Te decimos qué falta, qué hay que actualizar y por qué canal va cada cosa.